lunes, 2 de noviembre de 2009

CICLO DE FOROS DEL DEPORTE Y LA ACTIVIDAD FISICA

PROYECTO 6609
DE DECLARACIÓN
EXPTE.D-379/09
Presentado el dia 29 de octubre de 2009
Autor: Ariel KOGAN
Cofirmantes: Soledad MARTINEZ y Miguel Angel GUIDALI

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
DECLARA:

Artículo 1º De interés del Poder Legislativo el Ciclo de Foros del Deporte y la Actividad Física cuya primera etapa correspondió al centro de la Provincia y se llevó a cabo en la ciudad de Zapala el día 14 de septiembre, cuya segunda etapa corresponderá al sur de la Provincia y se desarrollará el día 6 de noviembre en la ciudad de San Martín de los Andes; y que tendrá continuidad en foros similares que se realizarán en la ciudad de Chos Malal para el norte provincial; en la ciudad de Cutral Có para la zona petrolera, finalizando en la ciudad de Neuquén para la región de la Confluencia.

Artículo 2º De forma.

FUNDAMENTOS

La promoción del deporte y la actividad física como función del Estado excede los aspectos vinculados con lo lúdico, la utilización del tiempo libre y el esparcimiento.
Su clara vinculación e incidencia en la salud, la educación, la seguridad y la organización de la sociedad, constituye la esencia del fundamento por el cual el Estado debe dedicar recursos humanos, financieros, físicos, y organizativos para llevar adelante esta función.
De acuerdo a los objetivos que se planteen serán las metas a fijarse y las políticas de Estado a diseñar y ejecutarse.
Por tal motivo los Foros del Deporte y la Actividad Física pretenden generar un espacio plural donde todos los actores vinculados puedan expresar sus particulares visiones y colaborar en construir y diseñar una política de Estado en la materia que pueda ser puesta a disposición de las autoridades nacionales, provinciales y municipales.
Esta actividad, que ya tuvo su primer etapa en la ciudad de Zapala donde profesores de Educación Física, dirigentes de instituciones deportivas de diversos grados, líderes y promotores de deporte comunitario y funcionarios municipales del centro de la Provincia debatieron un temario específico sobre el fondo de la cuestión en esta materia e iniciaron el camino de elaborar las conclusiones que llevará a este Foro por el resto de las regiones de la Provincia, permitirá la más amplia y federal participación en la elaboración del final que pretende bosquejar una política de Estado en materia deportiva.

viernes, 30 de octubre de 2009

PRESUPUESTO PROVINCIAL 2010

PROYECTO 6608
DE DECLARACIÓN
EXPTE.D-377/09

Presentado el dia 28 de octubre de 2009
Autor: KOGAN, Ariel Gustavo
Cofirmantes: OLTOLINA, Juan Romildo - FONFACH VELASQUEZ, Yenny Orieth - SAGASETA, Luis Andrés - LUCERO, Luis Miguel - BIANCHI, María Cecilia CONTARDI, Luis Gastón - GUIDALI, Miguel Ángel - SÁEZ, José Luis - INAUDI, Marcelo Alejandro - BENÍTEZ, Tomás Eduardo - JARA, Amalia Esther - LONGO, Fanny Noemí -Bloque Concertación Neuquina para la Victoria- GONCALVES, Hugo Alberto MARTÍNEZ, María Soledad -Bloque Frente Alternativa Neuquina-.


PROYECTO 6608
DE DECLARACIÓN
EXPTE.D-377/09

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
DECLARA:


Artículo 1° De máxima prioridad la inclusión de las inversiones detalladas en los Anexos I, II y III -que forman parte de la presente- en el Presupuesto provincial del año 2010.

Artículo 2° Que exhorta al Poder Ejecutivo provincial a incluir en el proyecto de Ley de Presupuesto 2010 las partidas correspondientes a las inversiones previstas en el artículo 1º, y a confeccionar los proyectos ejecutivos de aquellas obras o trabajos que eventualmente no los tuvieran.

Artículo 3° Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial.

FUNDAMENTOS

Como es habitual durante los segundos semestres hemos realizado un relevamiento alternativo de las necesidades de inversión pública que básicamente en materia de educación, salud, agua y saneamiento y vivienda requiere la comunidad de nuestra Provincia.

Más de 3.000 contactos con autoridades de escuelas y hospitales, dirigentes de organizaciones sociales y económicas, intendentes, concejales y ciudadanos de toda la Provincia nos permiten elaborar un detalle de las obras y trabajos públicos que a juicio de estos actores directos de cada una de las áreas estratégicas del Estado consideran prioritarias.

De tal forma, estas obras fueron compendiadas y listadas con el objeto de que las mismas sean incluidas en el Presupuesto del año 2010 con partidas suficientes que permitan su ejecución o, en los casos que correspondan, la elaboración de sus proyectos ejecutivos y el inicio de las mismas.
Es por todo ello que solicitamos al conjunto de los diputados que aprueben este proyecto de Declaración que le solicita al gobernador la inclusión de estas obras en el proyecto de Presupuesto del año próximo que nos eleve oportunamente.

viernes, 23 de octubre de 2009


CONVOCAR AL SR. MINISTRO DE GOBIERNO, TRABAJO, JUSTICIA y DERECHOS HUMANOS, DR. JORGE O. TOBARES

PROYECTO 6600
DE RESOLUCIÓN
EXPTE.D-368/09

Presentado el día 23 de octubre de 2009

COFIRMANTES: KOGAN, Ariel Gustavo - INAUDI, Marcelo Alejandro - BENÍTEZ, Tomás Eduardo – Bloque Concertación Neuquina para la Victoria.-


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
RESUELVE:

Artículo 1° Convocar al señor ministro de Gobierno, Trabajo, Justicia y Derechos Humanos, doctor Jorge O. Tobares, en los términos del artículo 224 de la Constitución Provincial, a informar a esta Honorable Legislatura Provincial sobre su actuación en la ocupación de tierras fiscales linderas al aeropuerto de la ciudad de Neuquén -por parte de un grupo de docentes del CPEM 49 de esta ciudad, ocurrido el día 28 de noviembre de 2008-, en sesión especial cuya fecha será oportunamente determinada y notificada con la debida antelación.

Artículo 2° Comuníquese al señor ministro de Gobierno, Trabajo, Justicia y Derechos Humanos.

FUNDAMENTOS

Con fecha 28 de noviembre de 2008, en horas de la mañana, se produce una “toma” de terrenos fiscales frente al aeropuerto de la ciudad de Neuquén, sobre calle Zeballos.
A raíz de la ocupación del terreno fiscal se inició una investigación penal ante el Juzgado de Instrucción N° 6 de esta ciudad (Expte. N° 21.192/08 caratulado “Comisaría N° 12 s/Investigación usurpación”).
Constituido personal de la Comisaría Nº 12 en el lugar constatan a las 10,30 hs de ese mismo día, que un grupo de personas se había asentado en el lugar y estaba procediendo a alambrarlo, refiriendo al personal policial que “tenían autorización del ministro Tobares” para ocuparlo.
En declaraciones radiales del día 23/10/09, el delegado de la toma Juan Carlos Baldebenito ratificó la autorización del ministro Tobares para ocupar el terreno (Programa Código Urbano, conducido por Alejando López, FM La red).
Esta curiosa “autorización ministerial” se pone de manifiesto si se considera que el mismo día de la usurpación (28/11/08), la Cooperativa “Nuestro Sueño Neuquino” le informa al ministro Tobares que “ante la desesperación de ver usurpado este terreno y sentir el peligro de pérdida del lugar que hemos presentado como propuesta, nos vimos obligados a tomar la decisión de resguardarlo con el objetivo de evitar que el mismo sea tomado, el cual lo hemos cercado precariamente por carecer de suficientes recursos que nos permitan darle mayor seguridad y todos nosotros estamos preservándolo” (fs. 6 del expediente penal). Es decir, para evitar que fuera “tomado”, lo tomaron ellos.
¿Qué hizo el ministro Tobares ante la inminencia de una ocupación ilegal de un terreno de propiedad del Estado provincial? Lo que hizo fue lo siguiente: en la misma fecha en que se cristaliza la ocupación del terreno (28/11/08), liderada por la señora Isabel Amelia Miere, directora del CPEM 49 de esta ciudad, el propio ministro de Gobierno, Educación y Cultura, doctor Jorge Tobares, remitió una nota al director provincial de Tierras, señor Luis Martínez, haciéndole saber que:
“Un grupo de docentes del CPEM 49 ha presentado solicitud a efectos de adquirir terrenos en el predio fiscal ubicado en la zona aeropuerto, detallando las coordenadas del inmueble.
Este Ministerio, siempre y cuando se den las condiciones legales y técnicas, está considerando la viabilidad de acceder al pedido efectuado, quedando pendiente hasta el momento verificar aspectos de tipo técnico.
Sin perjuicio de ello, es que le solicito se proceda a la reserva del predio identificado precedentemente, sin que se le asigne otro destino por el momento.
Asimismo le informo que en virtud de haber tomado intervención la ADUS en la atención de las necesidades planteadas por este grupo de personas, se ha encomendado a la Dirección General del Plan Social del Desarrollo Urbanístico de ese organismo la mensura del predio.
Todo ello con la finalidad de realizar las correspondientes subdivisiones y poder continuar con los trámites necesarios a efectos de dar respuesta oportuna a la solicitud efectuada.”.
Firma la nota -de fecha 28/11/08- el ministro Jorge Tobares, según surge de la foja 67/68 del expediente labrado ante el Juzgado de Instrucción N° 6. Mientras Tobares firmaba la nota los docentes ocupaban y cercaban el predio invocando -curiosamente- la autorización del mismo.
De lo que se desprende que el propio ministro Jorge Tobares habría autorizado expresamente la ocupación de un espacio público a un grupo de docentes para alambrarlo y realizar la construcción de viviendas, transgrediendo toda la normativa vigente sobre otorgamiento de soluciones habitacionales, invádiendo competencias propias de otro ministerio, violentando los requisitos para el emplazamiento de objetos en zona de influencia de aeropuertos, fomentando con su accionar un inútil desgaste policial y jurisdiccional, y propiciando con ello la cultura de la “toma”, sin siquiera advertir que el lugar autorizado obstaculiza y penaliza la calle establecida en planificación de emergencia que debiera utilizarse para el ingreso y salida de vehículos de emergencia en contingencias aéreas, esto es, la circulación rápida e inmediata hasta un punto estratégico (pista principal) de camiones de bomberos y ambulancias; según da cuenta el informe presentado por el jefe del Aeropuerto Neuquén, My. Gabriel Fernando Maldonado (fs. 32/33 del expediente penal) en el que recomienda la utilización de ese espacio sólo para recreación (espacio verde, centro deportivo, etc.), no viviendas permanentes, ya que es un predio muy cercano a las operaciones aéreas y de alto riesgo.
La Cooperativa de Vivienda “Nuestro Sueño Neuquino”, que se conformaría con personal docente del CPEM 49 de esta ciudad, ni siquiera estaba inscripta como tal a la fecha de las gestiones del ministro Tobares, según da cuenta el informe de la Dirección Provincial de cooperativas y Mutuales (obrante a fs. 49/50 del expediente penal). Días después, el 3/l2/08 ingresaron vía mail a esa repartición los borradores de acta y estatuto de la mencionada cooperativa, según da cuenta el informe del director provincial de Cooperativas y Mutuales contador Oscar Alberto López (fs. 49).
Con fecha 5 de noviembre de 2008 (23 días antes de la autorización ministerial y de la toma), el Bloque del Movimiento Popular Neuquino ingresa a esta Honorable Legislatura Provincial el proyecto 6233, Expte.D-478/08, proponiendo la creación del Registro Único de Viviendas, de lotes sociales y de mejoramientos, para reglamentar el acceso a la población a una vivienda digna. En sus fundamentos se lee: “... se hace necesario la creación de un Banco de Tierras que articule entre la Provincia y los municipios a efectos de poder desarrollar políticas de loteos sociales para sectores de la sociedad que no pueden de otra manera acceder al lote propio.”, destacando la necesidad de crear un banco de datos para mejorar la información. Rápidamente este proyecto se convirtió en Ley 2638, sancionada un mes después de su presentación, el día 11/12/08. Es decir que mientras los diputados del Movimiento Popular Neuquino propiciaban la creación de un Registro Único de solicitantes para regularizar y transparentar la entrega de lotes, el ministro autorizaba ocupaciones ilegales.
La propia Ley de creación del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo (Ley 1043), en su artículo 13 establece la obligación del IPVU, a través de la Dirección de Servicios Sociales, de mantener un registro estadístico sobre oferta y demanda habitacional, la evaluación de las necesidades habitacionales y las posibles soluciones a corto, mediano y largo plazo, el estudio de las características socioeconómicas y culturales de la demanda, el estudio de la localización de los planes de viviendas, efectuar la inscripción de los solicitantes en los libros que se lleven al efecto, realizar encuestas socioeconómicas a los solicitantes inscriptos y sus grupos familiares, estudiar y calificar los resultados obtenidos, etcétera. El mismo temperamento fue el que justificó la sanción de la Ley 2638.
Todos estos procesos de planificación y selección de los postulantes tendientes a transparentar el otorgamiento de las soluciones habitacionales han sido soslayados por completo por la actitud del señor ministro, autorizando “tomas”, pidiendo la “reserva” del inmueble ocupado y disponiendo -a su antojo- la realización de las mensuras y subdivisiones de los terrenos usurpados -según sus propias palabras- “a fin de dar respuesta oportuna a la solicitud efectuada.”.
La situación se agrava si se tiene en cuenta que esos terrenos estaban destinados a espacio de recreación y esparcimiento, según convenio suscripto el día 17 de setiembre de 2003 entre la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos de la Provincia y la Comisión Vecinal de Colonia Valentina Norte Urbana, cuya copia obra a fs. 102 del expediente penal.
Del mismo expediente surgen los reiterados reclamos de parte de la Comisión Vecinal, avalado por numerosas firmas de vecinos que observaban atónitos la ilegítima ocupación efectuada bajo la supervisión del ministro Tobares.
Esta actuación ministerial originó, en definitiva, el archivo del expediente penal por la presunta usurpación. Al respecto, los fiscales doctores Gloria Lucero y Horacio Maitini afirman, al peticionar la conclusión y el archivo de las actuaciones, que la ocupación no fue clandestina ya que “conforme la nota obrante a fs. 6 pusieron en conocimiento del señor ministro de Gobierno la actitud que llevarían adelante. Y el propio ministro conforme a la nota de fs. 67/68 ya transcripta solicitó la reserva del predio a la Dirección Provincial de Tierras, siempre y cuando las condiciones legales lo permitan (fs. 132/134 del expediente penal)”, criterio fiscal que fue compartido por el juez que dispuso el archivo.
Las razones apuntadas, de innegable trascendencia institucional, ameritan la convocatoria a sesión especial y comparendo del ministro a brindar las explicaciones del caso.

lunes, 10 de agosto de 2009

DECLARAR DE INTERES EL COMPEONATO ARGENTINO DIVISIONAL "A" DE PATINAJE ARTISTICO

PROYECTO 6476
DE DECLARACIÓN
EXPTE.D-237/09

Presentado el día 6 de agosto de 2009


AUTOR: KOGAN, Ariel Gustavo -

COFIRMANTES: SAGASETA, Luis Andrés - LONGO, Fanny Noemí -Bloque Concertación Neuquina para la Victoria-.


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
DECLARA:


Artículo 1° De interés del Poder Legislativo el Campeonato Argentino Divisional “A” de Patinaje Artístico, que se realizará del 27 al 30 de agosto en el Estadio Ruca Che de la ciudad de Neuquén.

Artículo 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial y a la Federación Neuquina de Patín.


FUNDAMENTOS

Entre el 27 y 30 de agosto se llevará a cabo en el Estadio Ruca Che de nuestra ciudad el Campeonato Argentino Divisional “A” de Patinaje Artístico. Este torneo llega a nuestra Provincia luego de varios años pues resulta dificultoso organizar un evento de gran envergadura. En este Campeonato participan los principales exponentes de esta disciplina deportiva, ya que muchos de ellos nos representarán en el Mundial de Alemania durante el mes de noviembre en las modalidades Escuela, Libre y Parejas en Alto.
Participarán de esta importante competencia gran cantidad de patinadores provenientes de las federaciones y/o asociaciones Metropolitana; Porteña; Gran Buenos Aires; Provincia de Buenos Aires; Córdoba; Fecocepa -Córdoba-; Entre Ríos; Santa Fe; Misiones; Tucumán; San Luis; Mendoza; Río Negro y Neuquén, otorgando a este campeonato un especial brillo e interés en el ámbito del deporte.
Es por ello que el esfuerzo merece ser acompañado por la Declaración de interés del Poder Legislativo.

miércoles, 8 de julio de 2009


ANTEPROYECTO DE LEY EMERGENCIA SANITARIA GRIPE

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE NEUQUEN
SANCIONA CON FUERZA
DE LEY:

DECLARACION DE EMERGENCIA SANITARIA POR EPIDEMIA. OBJETO

Artículo 1º: Declárase la EMERGENCIA SANITARIA con el objeto de enfrentar, controlar y superar la EPIDEMIA generada por el virus INFLUENZA A H1 N1.

DECLARACION DE UTILIDAD PÚBLICA DE LA FORMULA DE ELABORACIÓN DE LOS MEDICAMENTO NECESARIOS

Artículo 2°: Declarase a la formula de elaboración de los medicamentos necesarios para la prevención y cura de la enfermedad producida por el virus denominado Influenza A N1 H1 de utilidad pública y de utilización libre por parte del estado a los efectos de esta ley, sin que ello genere cargo alguno para el erario público.

OTORGAMIENTO DE ATRIBUCIONES EXTRAORDINARIAS AL PODER EJECUTIVO

Artículo 3º: Para cumplir con el objeto determinado en el artículo 1º, otorgase al Poder Ejecutivo Provincial las siguientes atribuciones temporales y extraordinarias:

Suspender, limitar o posponer todo tipo de reuniones que impliquen concentración, aglomeración o hacinamiento de personas, sean estas desarrolladas en lugares públicos o privados, con fines recreativos, artísticos, deportivos, culturales, sociales o políticos; con o sin fines de lucro, para acceder a los cuales se cobre o no entrada.

Limitar la capacidad de albergar trabajadores o de atención al público de los locales destinados a actividades industriales, comerciales o de servicios, tanto de la actividad pública como privada.

Limitar la capacidad de los vehículos destinados al transporte público de pasajeros.

Modificar, ampliar o reducir los horarios de funcionamiento de organismos públicos y de la actividad privada de comercio y servicios.

Poner en funcionamiento nuevos puestos de atención médica e internación y aumentar la capacidad de los ya existentes. A tal fin podrá contratar el personal necesario para reforzar el sistema público de salud y realizar compras directas de medicamentos, bienes y equipos, superando los límites impuestos por la ley 2141 y sus reglamentaciones.

Fabricar o mandar a fabricar los medicamentos genéricos necesarios para prevenir o combatir la enfermedad causada por el virus Influenza A H1 N1 en uso de la facultad dispuesta por el artículo 2° de esta ley.

Toda otra acción o disposición de recursos humanos o financieros que sean necesarios para alcanzar el objetivo previsto en el artículo 1º.

Crear un Fondo Específico y una cuenta especial para financiar las acciones que derivan de la aplicación de esta Ley, que estará a cargo de un Comité de Emergencia Sanitaria presidido por el Ministro de Salud e integrado por el Subsecretario de Salud, un representante del Ministerio de Hacienda Obras y Servicios Públicos, y un representante del Ministerio de Gobierno Educación y Cultura.

Realizar las reestructuraciones presupuestarias que se requieran para dar cumplimiento a la presente Ley.

COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN

Artículo 4º: La Comisión de Desarrollo Humano y Social de la Honorable Legislatura Provincial funcionará como comisión de seguimiento de esta ley y como ámbito de coordinación con el Poder Ejecutivo para redactar y acelerar el proceso de sanción de cualquier otra ley que se requiera para complementar o modificar la presente.

INVITACIÓN A ADHERIR

Artículo 5º: Invitase a todos los municipios de la Provincia a adherir a la presente Ley.

Artículo 6º: De forma

jueves, 28 de mayo de 2009

EXPROPIACIÓN ZANON
PROYECTO N° 6416
DE LEY
EXPTE N° D- 156/09
Presentado el dia Miercoles 27 de Mayo de 2009
Autor: ARIEL KOGAN

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE NEUQUEN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1º: Condicionase el pago por parte del Estado Provincial en cualquier concepto a acreedores de la quiebra de la empresa ZANON S.A. a la previa cancelación total sin ningún tipo de quita y con los intereses correspondientes de todas las acreencias que por salarios tengan los ex trabajadores de la empresa en quiebra , que no participan de la Cooperativa de Trabajo FASINPAT LTDA.

ARTÍCULO 2º: De forma.

FUNDAMENTOS

El avenimiento como forma de conclusión de la quiebra de acuerdo a lo establecido por el articulo 225 de la Ley Nacional Nº 24.522 , establece que deben concurrir todos los acreedores verificados en el proceso, tanto quirografarios como privilegiados. Las indemnizaciones por despido y falta de preaviso dan lugar al privilegio especial sobre las mercaderías, materias primas y maquinarias de propiedad del deudor en el momento de la apertura del concurso o declaración de la quiebra. Según jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los créditos laborales deben ser pagados sin ningún cercenamiento .
A fines de noviembre del año 2.001 la empresa Zanon S.A. despidió a todo el personal de la Planta de Neuquen, eran alrededor de unos trescientos ochenta empleados, de los cuales la mayoría tuvieron que rehacer su vida laboral fuera de la hoy Cooperativa FASINPAT LTDA. con la esperanza de que en algún momento cuando esto proceso de quiebra llegara a su conclusión podrían ver satisfechos sus derechos por lo que estuvieron esperando durante estos siete años.
Dado que el Gobierno Provincial a decidido la utilización de fondos publico para la expropiación de la fabrica ZANON S.A., sin contemplar el pago total a los ex trabajadores de dicha firma perjudicados por esta quiebra.
Revindicando los derechos de estos trabajadores es que solicitamos la satisfacción plena de sus derechos por haber actuado siempre conforme a lo que la ley establece.
Ello es y será la herramienta segura de una política social protectora de los mas débiles.

miércoles, 15 de abril de 2009

LEY DE EMERGENCIA PEDAGÓGICA
PROYECTO N° 6361
DE LEY
EXPTE N° D- 088/09
Presentado el dia Martes 14 de Abril de 2009

Autor: ARIEL KOGAN
Cofirmantes: Guidali, Inaudi, Bianchi, Benitez, Fonfach y Longo

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE NEUQUEN
SANCIONA CON FUERZA
DE LEY:

LEY DE EMERGENCIA PEDAGOGICA

OBJETO

ARTICULO 1º: Declárase la EMERGENCIA PEDAGOGICA en todos los niveles del SISTEMA EDUCATIVO de la Provincia, con el objeto de recuperar los días de clase perdidos en el corriente año y de alcanzar el pleno e integral dictado de todos los contenidos curriculares planificados para cada curso.

VIGENCIA

ARTÍCULO 2º: Esta ley entrará en vigencia a partir de su publicación, y hasta el fin del ciclo lectivo 2009.

RECUPERACIÓN DE PERDIDA EFECTIVA DE DÍAS DE CLASES

ARTÍCULO 3º: Los preceptos de la presente ley serán aplicados de acuerdo a la perdida de días de clases efectivamente ocurridos en cada curso o sección de todos los niveles del sistema educativo de la provincia.

PLENA UTILIZACIÓN DEL HORARIO ESCOLAR PARA EL DICTADO DE CLASES

ARTÍCULO 4º: El horario escolar, de lunes a viernes será de utilización exclusiva para el pleno dictado de clases y el desarrollo de los contenidos curriculares, con la sola excepción de lo previsto en el artículo 6º de la presente ley.

REPROGRAMACIÓN DE JORNADAS INSTITUCIONALES

ARTÍCULO 5º: Las JORNADAS INSTITUCIONALES planificadas hasta el fin del actual ciclo lectivo, serán reprogramadas de común acuerdo entre el personal docente y directivo de cada establecimiento, para realizarse en días y horarios que no colisionen con lo establecido en el artículo anterior.

DICTADO DE CLASES EN DÍAS FERIADOS

ARTÍCULO 6º: Los días 25 de Mayo y 9 de Julio serán feriado escolar. El resto de los días programados originalmente como feriados escolares en el calendario vigente, que coincidan con los días establecidos en el artículo 3º, serán destinados al pleno dictado de clases y desarrollo de los contenidos curriculares, con excepción de una hora cátedra que se destinará a rememorar la trascendencia de la fecha correspondiente con el acto escolar alusivo.

SUPLENTES VOLANTES PERMANENTES

ARTÍCULO 7º: Incorpórese en forma permanente hasta el fin del actual ciclo lectivo a cada establecimiento y a cada turno, un docente por cada cinco secciones o fracción mayor a tres, que será seleccionado de acuerdo a la normativa vigente para la designación de suplentes.
Será función de este personal prestar apoyo a los docentes que están a cargo de los cursos y reemplazarlos inmediatamente en caso de ausencia por uso de cualquier tipo de licencia, hasta tanto se designe, si correspondiere, al docente suplente por el mecanismo habitual.

SISTEMA DE MANTENIMIENTO Y REFACCIÓN DE URGENCIA

ARTÍCULO 8º: El Poder Ejecutivo celebrará de inmediato convenios con todos los Municipios que adhieran a la presente ley implementando el SISTEMA DE MANTENIMIENTO Y REFACCION DE URGENCIA DE ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES NEUQUINOS.

Este sistema estará financiado por el Tesoro Provincial, y preverá un aporte inicial del Estado Provincial de $ 5000.- (Pesos Cinco mil) por establecimiento, con afectación específica al fin establecido en el presente artículo, que será repuesto en cada remesa de coparticipación en función de la rendición de gastos correspondiente a los trabajos ejecutados por las administraciones municipales.

El Poder Ejecutivo podrá celebrar convenios o en su caso organizar sistemas similares al establecido en el párrafo anterior con cooperadoras escolares, asociaciones de padres, y otras organizaciones no gubernamentales; o a través de los directores de los respectivos establecimientos.

ARTICULO 9º: Autorizase al Poder Ejecutivo a realizar las reestructuraciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente ley.

ARTICULO 10º: De forma.

FUNDAMENTOS

La Educación Pública debe ser la herramienta por excelencia de democratización del conocimiento y de acceso a las nuevas tecnologías de la información.
Al mismo tiempo, debe ser el mayor y más eficiente mecanismo de generación de igualdad de oportunidades para el desarrollo y la realización personal y colectiva.
Dado un marco de desigualdad social y económica como contexto, concebida de esta manera, la Educación Pública, si bien desde una visión de desarrollo colectivo, tiene como principal beneficiario a los sectores más humildes, débiles y marginados de la sociedad.
De tal forma, son básicamente estos sectores, los de más bajos recursos, los que tienen un perjuicio relativamente mucho mas elevado cuando el sistema educativo pierde calidad, tiene problemas de funcionamiento o no alcanza sus objetivos centrales.
El conflicto entre el Poder Ejecutivo y el gremio docente, que concluyó con el acuerdo salarial acordado, dejó entre otras una secuela de 26 días de clase perdidos para miles de alumnos neuquinos en todos los niveles de la educación provincial.
Este hecho, pone en serio riesgo la posibilidad de alcanzar efectivamente el objetivo de desarrollar durante el ciclo lectivo los contenidos planificados para cada curso.
Al ser este un objetivo central, y tener un riesgo altísimo de ser alcanzado satisfactoriamente, califica de igual manera el cumplimiento de la obligación constitucional que el Estado tiene respecto de la Educación durante el presente año, y es necesario tomar medidas urgentes para corregir esta situación.
El primer paso es reconocer que la educación publica en nuestra provincia está en emergencia pedagógica respecto de que miles de alumnos y docentes no logren desarrollar en el proceso educativo, en lo que resta del ciclo 2009, los contenidos curriculares planificados.
Un calendario original de ciento ochenta días de clase, reducido a ciento cincuenta y cuatro, exime de cualquier comentario o fundamento adicional, y por sí solo, grafica con absoluta claridad el estado de emergencia en relación al tiempo, el espacio y los medios para alcanzar el objetivo.
La planificación realizada por cada docente al inicio del año quedará seguramente en el recuerdo, ya que el tiempo necesario para desarrollar aquel plan, ha desaparecido.

Entonces aparecen dos opciones.
La primera nos plantea recortar tiempo destinado a cuestiones pedagógicas y también contenidos curriculares a desarrollar en el tiempo que queda por delante.
Esto implica eliminar momentos destinados al repaso y a afirmar conocimientos anteriores, aspectos que en la planificación original fueron considerados como necesarios para desarrollar convenientemente el proceso educativo.
También esta opción nos remite a la eliminación lisa y llana de contenidos para ajustar la planificación al tiempo real que queda de clase en el actual ciclo lectivo.
En todos los casos se pierde calidad, tanto por el lado de la metodología pedagógica, de la intensidad del proceso educativo o de la materia del mismo.
Esta opción nos lleva a asumir que da lo mismo un período mas largo o mas corto de clases, el desarrollo de más o menos contenidos, la utilización o no de diferentes elementos de metodología pedagógica o el nivel de su intensidad.
La segunda opción, implica asumir que en este aspecto se esta en emergencia pedagógica. Que la situación excepcional requiere de medidas de excepción para tratar de revertirla, y que los objetivos planteados para cada curso en materia de desarrollo de contenidos son fundamentales y esenciales a la calidad de la educación.
La primera opción es la mas fácil, la de menor esfuerzo, la del conformismo ante la situación de crisis educativa, la de todo da igual, la de cumplir solamente con la formalidad sin importar la esencia, el fin último de la Educación, la que implica mayor costo a los sectores mas humildes y de menores ingresos de la sociedad.
La segunda opción reivindica los objetivos centrales de la Educación y su calidad, asume el estado de situación para intentar cambiarlo, e implica, como no puede ser de otra manera, un grado de esfuerzo de la comunidad educativa y del estado.
Es por todo ello que se requiere la adopción urgente de medidas de excepción hasta la finalización de este ciclo lectivo destinadas simultáneamente a incrementar el tiempo y el espacio que dispongan docentes y alumnos para encontrarse y desarrollar el proceso educativo, así como otras acciones dirigidas a evitar una nueva pérdida de días de clase.
En el primer caso, se propone reprogramar los horarios y días destinados originalmente a las JORNADAS INSTITUCIONALES en momentos distintos al horario habitual de clases, con el objeto de dedicar esos días al pleno desarrollo de los contenidos curriculares.
Con el mismo objetivo se plantea reducir los feriados escolares solo a los días 25 de Mayo y 9 de Julio, incorporando como días de clase plenos a los correspondientes a fechas originalmente definidos como feriados escolares que no coincidan con días Sábados o Domingos, reservando una hora cátedra para realizar el acto escolar alusivo, dedicando el resto de la jornada al dictado de clases.
Apuntando a no perder mas días de clase, se plantea la incorporación al plantel docente de cada escuela de un suplente volante por cada cinco secciones, con el objeto de apoyar en su tarea al docente que está frente al aula, y reemplazarlo inmediatamente en caso de ausencia por cualquier tipo de licencia, hasta que el habitual mecanismo de reemplazo cubra el cargo correspondiente. Los docentes suplentes volantes que se propone incorporar deberán ser seleccionados de igual forma que cualquier otro suplente.
Finalmente, se plantea la creación de un sistema de mantenimiento y refacción de urgencia de edificios escolares.
Mediante este mecanismo se persigue el objetivo de evitar que desperfectos en las redes de agua, gas, cloacas o electricidad generen perdidas de días de clase, reparándose inmediatamente. A tal fin se propone generar un sistema mediante el cual, el Estado provincial anticipe cinco mil pesos por escuela a los Municipios que adhieran a esta ley, que serán inmediatamente repuestos a medida que se vayan utilizando en las refacciones, reparaciones o arreglos que cada establecimiento requiera para su normal funcionamiento.
Se prevé también, en los casos de las ciudades en que el municipio no adhiera a este sistema, realizar convenios o implementar mecanismos similares con Cooperadoras Escolares, Asociaciones de Padres, Organizaciones no Gubernamentales y Directores de los respectivos establecimientos educativos.
Es por todas estas razones que presento este proyecto de ley esperando sea acompañado por los diputados de esta Cámara y transformado en ley de la Provincia.

lunes, 23 de marzo de 2009

FONDO FEDERAL SOLIDARIO
PROYECTO N° 6338
DE LEY
EXPTE. D-059/09
Presentado el dia Viernes 20 de Marzo de 2009

Autor: ARIEL KOGAN
COFIRMANTES: Longo, Guidali, Sagaseta, Goncalvez, Martinez, Jara y Lucero

LA HONORABLE LEGISLATURA DE NEUQUEN
SANCIONA CON FUERZA
DE LEY:


ARTÍCULO 1º: Adhiérase al Fondo Federal Solidario creado por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 206/2009.

ARTÍCULO 2º: Distribúyase mensualmente y en forma automática entre los municipios que adhieran a la presente ley, el 30 % de los montos que el Estado Provincial perciba en virtud del Fondo Federal Solidario, de acuerdo a los coeficientes fijados en el Anexo II establecido en el Artículo 4º de la Ley 2148; con destino exclusivo a la ejecución de obras y trabajos públicos de interés municipal.

ARTÍCULO 3º: Destinase los fondos provenientes del Fondo Federal Solidario a la financiación de obras destinadas a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales.
Durante el ejercicio 2009 destinase en forma exclusiva los montos que percibe el Estado Provincial en virtud del Fondo Federal Solidario a la ejecución de obras y trabajos destinados a urbanizaciones que tengan por finalidad la construcción de viviendas, incluyendo movimiento de tierra, apertura de calles, ampliación de redes de servicio de agua potable, evacuación de líquidos cloacales, energía eléctrica, gas y alumbrado público, obras necesarias para adecuar cuando se requiera la capacidad de producción de dichos servicios, y compra de tierras cuando sea necesario a estos fines.

ARTÍCULO 4º: Prohíbase la utilización de los fondos que se perciban en virtud del Fondo Federal Solidario para financiar gastos corrientes del Estado Provincial y de los Estados Municipales.

ARTÍCULO 5º: De forma.

FUNDAMENTOS

La Presidenta de la Nación estableció mediante el Decreto 206/2009 el Fondo Federal Solidario que se alimentará con el 30% de las retenciones de las exportaciones de soja y sus derivados.
El objeto del Fondo creado es redistribuir parte de la renta generada por la exportación de esa oleaginosa entre todas las provincias y municipios del país con destino a la ejecución de obras públicas de interés social.
El Decreto de marras establece la necesidad de adherir al Fondo que se crea por el mismo a los efectos de percibir en forma inmediata y automáticamente los recursos que correspondan de acuerdo a los coeficientes existentes de coparticipación federal.
Es necesario sancionar una Ley Provincial que adhiera al Fondo Federal Solidario y que al mismo tiempo establezca el destino de los recursos que en virtud de él se perciban, y simultáneamente los porcentajes y el mecanismo de distribución de dichos fondos a los municipios de la provincia.
Es por ello que el presente Proyecto de Ley determina que el Estado Provincial deberá utilizar los recursos provenientes de este Fondo para la ejecución de obras de interés social, pero los concentra durante el año 2009 en el financiamiento de urbanizaciones de tierras para ponerlas en aptitud de ser utilizadas para la construcción de viviendas, incluyendo la provisión de los respectivos servicios y eventualmente la compra de tierras si fuera necesario.
Esta Ley permitirá que la Provincia de Neuquén sea beneficiaria de los dos efectos principales que persigue esta medida de la Presidenta de la Nación. Por un lado comporta una herramienta que permite defender fuentes de trabajo y por otro lado ejecutar distintos proyectos de obra pública que hasta hoy no tienen financiamiento.
Es por todo ello que solicitamos el acompañamiento de los Diputados para convertir este Proyecto en Ley.

viernes, 13 de marzo de 2009

RECUPERAR LOS DIAS DE CLASES PERDIDOS
PROYECTO N° 6324
DE RESOLUCION
EXPTE. D-048/09
Presentado el dia Jueves, 12 de Marzo de 2009

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE NEUQUEN RESUELVE:


ARTÍCULO 1º: Requerir al Poder Ejecutivo Provincial y a las autoridades del Gremio Asociación de Trabajadores de la Educación de Neuquen resuelvan dialogando el conflicto existente e incluyan indefectiblemente en la agenda de negociación las herramientas, las formas y los mecanismos concretos y efectivos que permitan recuperar los contenidos y los días de clase perdidos a causa de las medidas de fuerza, con el objeto de salvaguardar la calidad educativa de los alumnos de toda la provincia.

ARTÍCULO 2º: DE FORMA.

FUNDAMENTOS


El sistema educativo de nuestra provincia esta nuevamente golpeado por un conflicto entre el gremio de los docentes y el Gobierno de la Provincia.

El reclamo salarial de la docencia neuquina a derivado en un paro de actividades que a complicado el inicio de este ciclo lectivo.

A una semana del inicio de las medidas de fuerza no se avizora la solución que resuelva la falta de dictado de clases que miles de alumnos están padeciendo.

Así como los trabajadores tienen el derecho constitucional de reclamar, peticionar y de realizar huelgas en defensa de sus derechos que creen lesionados, y el Poder Ejecutivo de la provincia tiene la obligación de administrar los recursos públicos y analizar las reales posibilidades de acceder a demandas de aumentos saláriales, los alumnos tienen el derecho a la educación.

Este Derecho consagrado en los tratados internacionales y en nuestra Constitución Provincial no deben representar un mero título o un articulo de letra muerta en el texto constitucional.

Su vigencia requiere entre otras cosas, procesos y contenidos que se relacionan con tiempo de dictado de clases y con conceptos articulados que deben incorporarse en el proceso de enseñanza aprendizaje.

La pérdida de días de clase y la consiguiente lesión que provoca en el derecho a la educación de cientos de miles de alumnos y de la sociedad neuquina como un todo, es una cuestión que debe ser resarcida y tenida elementalmente en cuenta tanto por las autoridades educativas de la provincia como por el gremio docente.

Recuperar los días de clase perdidos y los contenidos debe ser un punto central en la agenda del gobierno y del gremio ATEN a la hora de negociar la resolución de este conflicto.

Esto es lo que espera la sociedad neuquina de un gremio docente que con firmeza defiende los intereses de sus afiliados pero simultáneamente defiende la educación pública y los derechos de los alumnos, y al mismo tiempo lo que se espera y se reclama de un gobierno provincial que debe conducir el estado, resolver los conflictos que se le plantean pero básicamente cumplir con sus funciones esenciales, en este caso la educación pública.

La simple resolución material de este conflicto alcanzada a través de un acuerdo salarial va a dejar satisfecho al Gobierno Provincial por haber desarticulado un conflicto y al gremio docente porque habrá conseguido una mejora en la retribución de sus representados. Pero la falta en ese acuerdo de mecanismos y herramientas concretas y efectivas para recuperar los días de clases perdidos y los contenidos , habrán lesionado irreparablemente el eslabón mas débil de esta cadena, que son los niños y adolescentes neuquinos.

Es por todo ello que debe ser una obligación para el gremio ATEN y el Gobierno Provincial no levantarse de la mesa de negociación sin haber acordado las formas de recuperación de los días de clases y los contenidos perdidos.
REQUERIR A ATE NQN QUE EVITE EL CORTE DE CALLES
PROYECTO N° 6323
DE RESOLUCION
EXPTE. D-047/09
Presentado el dia Jueves, 12 de Marzo de 2009

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN RESUELVE:


Art. 1º.- Requerir a la Asociación de Trabajadores de la Educación de la Provincia del Neuquen (Aten) extreme los recaudos para canalizar las medidas de fuerza que impulsa, dentro del marco de la ley, evitando la indebida utilización de cortes de calles o rutas que resultan, no solo improcedentes, sino también ilegales, al cercenar derechos constitucionales de los ciudadanos de la Provincia.-

Art. 2º.- Comuníquese a la Asociación de Trabajadores de la Educación de la Provincia del Neuquen y al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

El marco de la vida democrática convierte a los vecinos en ciudadanos, titulares de derechos y también de obligaciones. Los derechos de los ciudadanos, tutelados constitucionalmente, pueden ser ejercidos libremente en su plenitud, por supuesto, con el debido respeto por los derechos de los demás.

El derecho de huelga, el derecho de peticionar a las autoridades, el derecho de manifestarse, no pueden estar por encima de otros derechos, también de raigambre constitucional, como lo son el de circular libremente, entrar, permanecer, transitar y salir, el derecho a la libertad, el derecho a trabajar y ejercer industria lícita, etc. etc. (arts. 14 de la Constitución Nacional y art. 32 de la Constitución Provincial).

Nuestra Provincia guarda fresco el triste recuerdo de las fatales consecuencias de conflictos gremiales en los cuales, fuera del marco de la ley, se acudió a la vía de los hechos, cortando rutas, para compeler -ilegítimamente- una respuesta positiva al reclamo.

Esta metodología, reitero, ilegal, originó una represión indiscriminada y brutal, que acabó con la vida de un docente neuquino.

Con asombro, hemos escuchado declaraciones periodísticas de dirigentes gremiales de Aten, que no descartaban que los docentes vuelvan a las rutas.

Sostener que toda acción humana -por ilegítima que sea- debe ser tolerada o aceptada en la medida que conlleva un reclamo, constituye un exceso, inconciliable con el pleno funcionamiento de un Estado de Derecho.

Sin entrar a considerar la justicia -o no- del reclamo docente, la posibilidad de reiterar la misma metodología, nos impulsa a propiciar la presente declaración que busca, ni mas ni menos, que los reclamos se canalicen en el marco de la ley.

jueves, 26 de febrero de 2009

CITAR AL MINISTRO DE SALUD, DR. VICENT PARA SER INTERPELADO POR LA CAMARA DE LA LEGISLATURA
PROYECTO N°6299
DE RESOLUCION
EXPTE. D-022/09
Presentado el dia Miercoles, 25 de Febrero de 2009
Autor: ARIEL KOGAN
Acompañado por los diputados: Benitez, Fonfach, Bianchi, Goncalvez, Contardi, Jara, Paula Sanchez, Longo, Martinez, Canini, Sagaseta, Saez y Guidali.


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN RESUELVE:



ARTICULO 1º: Citar al Ministro de Salud Dr. Rubén Daniel VINCENT en los términos del Artículo 224 de la Constitución Provincial para ser interpelado por esta Cámara el Miércoles 4 de Marzo de 2009, sobre la situación general del Sistema de Salud de la provincia, sobre su actual capacidad para atender las demandas de cirugías de la población y en especial sobre el plan de contingencias y medidas previstas para garantizar el servicio mencionado.


ARTICULO 2º: De forma.


FUNDAMENTOS

La salud pública de la provincia y en especial el sector estatal ha visto en los últimos años como se fue desarticulando el sistema que lo mantenía en funcionamiento.

Las inversiones realizadas en el sector estuvieron descontextualizadas del funcionamiento armónico del sistema.

Esta paradoja generó que se construyeran nuevos centros de salud que no pudieron ser equipados y que incluso hasta el presente no han podido ser siquiera ocupados.

Simultáneamente la ausencia absoluta de una política de contención, perfeccionamiento, investigación, y remuneración respecto de los profesionales médicos y enfermeros, fue generando una diáspora incontenible y una sangría que fue desmantelando los planteles del Hospital de nuestra provincia.

Alarmantes distorsiones entre la retribución del sector privado y público y al mismo tiempo entre los propios integrantes del sistema de salud, generan permanentemente la deserción de profesionales médicos de alta calificación.

Los principales servicios no cubren ya sus planteles mínimos.

Todo este cuadro de situación fue generando una caída abrupta en la calidad del servicio que demandan mas de la mitad de los neuquinos que carecen de obra social, y al mismo tiempo generó un incremento constante de las derivaciones al sector privado con transferencia de recursos que aumentaron diez veces en los últimos seis años, alcanzando en el 2008 a los 30 millones de pesos, con clara tendencia a multiplicarse.

Hoy el problema es tan grave que no esta garantizado ni siquiera las guardias de cirugía, lo que implica que el sistema no logrará siquiera atender las operaciones de urgencia.

Ante tal cuadro de situación es que los representantes del pueblo queremos conocer de la mas alta autoridad de la salud de la provincia su propio diagnóstico y las medidas que haya diseñado por resolver la situación.

jueves, 15 de enero de 2009

INFORME DE GESTIÓN

2008

RESUMEN DE LA TAREA DESARROLLADA EN EL AÑO

DIPUTADO ARIEL KOGAN

INFORME DE GESTIÓN 2008

Salud



Es ley la Emergencia Sanitaria


La Salud Pública Provincial está en crisis. El Servicio de Salud que debe atender a la mayoría de la población está en un peligroso proceso de desarticulación, perjudicando especialmente a los que menos tienen y cuando más lo necesitan.

En ese contexto, siguiendo la iniciativa del Diputado Eduardo Benítez, KOGAN fue co- redactor de la Ley N° 2587 que declara la Emergencia Sanitaria, herramienta que le permitió al sistema de Salud un flujo financiero adicional de $20.000.000.- que fue destinado a cubrir las urgencias impostergables en materia de funcionamiento y abastecimiento de medicamentos, definido por un consejo con participación de todas las zonas sanitarias.


Equipamiento hospitalario: plan Bienal 2009-2010


Uno de los problemas del Sistema de Salud es la falta de determinado equipamiento, su antigüedad, y la financiación para adquirirlo. Concretada la renegociación de los Contratos Petroleros, el legislador elaboró el Proyecto de ley Nº 6201 que contempla un Plan Hospitalario Bienal de Equipamiento Integral.

Este Proyecto prevé financiarse con un porcentaje de los Fondos de carácter extraordinario que las empresas petroleras abonarán a la provincia durante los años 2009 y 2010, y contempla programas de equipamiento específico para las áreas de laboratorios, clínica de imágenes, cirugía y terapias de los hospitales públicos de la provincia.


Es ley el tratamiento de la obesidad, bulimia y anorexia


Los trastornos de las personas con origen alimentario no contaban con un abordaje integral desde la salud que los reconocieran como patologías, como tampoco su magnitud. Adhiriendo a la iniciativa de la diputada Jenny Fonfach, KOGAN trabajó en la redacción de la Ley N° 2616 que contempla el diagnóstico, la prevención y el tratamiento de la Obesidad, la Bulimia y la Anorexia tanto en el sistema público de Salud como en las Obras Sociales y Prepagas que presten servicios en la provincia.


Triquinosis: plan de lucha provincial


La Triquinosis es una enfermedad que tiene causalidad social muy marcada. Pequeños crianceros que producen y faenan precariamente cerdos, constituyen el núcleo origen de este problema, en el que se combinan un medio de vida, métodos marginales de alimentación del ganado y la falta de control veterinario y bromatológico.

Por tal motivo KOGAN acompañó con su firma la iniciativa del Diputado Gastón Contradi materializada en el Proyecto de Ley N° 6184 de Lucha provincial contra la Triquinosis que establece un programa objetivo con medidas posibles que abordan integralmente el problema, incluyendo asistencia a los productores, y coordinación de las áreas provinciales de zoonosis y salud y de los municipios para erradicar la enfermedad.


Atención sanitaria en caso de abortos no punibles


El Código Penal argentino establece la posibilidad de interrumpir embarazos en los casos de violaciones a mujeres discapacitadas o cuando esté en riesgo la vida de la mujer. Pero esta norma choca muchas veces con la imposibilidad material de instrumentarse porque los médicos o las instituciones de salud aluden a cuestiones de carácter religiosa o moral, o por temores legales que llevan a solicitar una innecesaria intervención judicial que estiran los plazos y terminan haciendo imposible la intervención quirúrgica.

Por esa razón el diputado justicialista es co firmante del Proyecto de Ley N° 6255 de Atención sanitaria en caso de abortos no punibles cuya iniciativa corresponde a la diputada Paula Sánchez, que establece los mecanismos necesarios para llevar a cabo esas intervenciones en los casos previstos por la legislación argentina.


Sorteos de cirugías plásticas


Como reflejo de lo que ya ocurrió en otras ciudades del país, un conocido establecimiento de diversión nocturna realizó una promoción publicitaria prometiendo como premio una cirugía plástica mamaria.

Convencido de que las cirugías Plásticas conllevan los mismos riesgos que cualquier otra intervención quirúrgica, y que no se debe fomentar entre los jóvenes el consumo de cirugías con fines estéticos para alcanzar determinados estereotipos corporales, KOGAN presentó el Proyecto de Ley N° 6200 que prohíbe el otorgamiento de cirugías plásticas como sorteos o premios de cualquier tipo.



Educación


La UNC es consultora preferencial del Estado Provincial


Luego de cuatro años de batallar en la Legislatura para que no se archivara y de impulsar decididamente el tratamiento del proyecto del entonces Diputado Eduardo Correa la Legislatura sancionó la Ley N° 2608 que consagra como Consultoras preferenciales del estado Provincial a la Universidad nacional del Comahue y a la UTN con sede en Cutral Co.

De esta forma esa importante masa crítica de investigadores, profesores y conocimiento será utilizada para el asesoramiento, la formulación de proyectos y el auxilio para la toma de decisiones de nuestro sector público, y en contrapartida, la UNC y sus académicos obtendrán una fuente financiera para avanzar en sus objetivos.


Emergencia escolar edilicia


Recién asumido el Gobierno de Jorge Sapag, y ante el cíclico problema de carencia de planes de mantenimiento y refacción de edificios escolares durante la temporada estival, el diputado del PJ presentó el Proyecto de Ley N° 5832 que declaraba la Emergencia escolar edilicia.

Este Proyecto otorgaba al Gobernador amplias facultades para disponer de $20.000.000.- para poner en condiciones los edificios escolares para que estuvieran en condiciones de iniciar sin problemas el ciclo lectivo 2008 simplificando los mecanismos de contrataciones al extremo y permitiendo los convenios con municipios y otros entes estatales.


Equipamiento escolar: plan Bienal 2009-2010


La falta de equipamiento escolar adecuado y actualizado es uno de los obstáculos que limita el objetivo de mejorar la calidad educativa en Neuquén. Concebido como una inversión, es que KOGAN plasmó en el Proyecto de ley 6201 el Plan Bienal de equipamiento escolar financiado con un porcentaje de los recursos extraordinarios que perciba el Estado Provincial por la renegociación de los contratos petroleros.

Este plan que puede alcanzar los $ 60.000.000.-, contempla programas específicos para atender el equipamiento en materia de bibliotecas, informática, laboratorios, talleres y educación física.



Emergencia Habitacional


La imposibilidad cierta de miles de neuquinos de acceder a una vivienda es el mas grave problema social que tenemos en la provincia. Si bien no existen soluciones mágicas en el corto plazo, es necesario tomar medidas en el presente que empiecen a dar sus frutos lo antes posible. Para ello se necesita ampliar agresivamente la oferta inmobiliaria para lograr el doble propósito de resolver directamente cierto sector de la demanda e impactar los precios de inmuebles y alquileres a la baja.

Semejante acción debe ser encarada decididamente por el Estado, razón por la cual KOGAN elaboró el Proyecto de ley 6201, incluyendo en el mismo el Plan trienal 2009 – 2011 que apunta a invertir hasta $300.000.000.- en urbanizaciones con sus respectivas redes de servicios y adecuación de la capacidad de provisión de los mismos, pequeños créditos hipotecarios secuenciales, y construcción de núcleos básicos, con una parte de los fondos extraordinarios que cobrará la provincia por la renegociación de los contratos petroleros.



Derechos Humanos


Es Ley: “Jornadas provinciales de la memoria y la reflexión”


Con el objeto de mantener viva la memoria y promover institucionalmente la reflexión individual y colectiva KOGAN impulsó la sanción de la Ley N° 2573 que establece las Jornadas provinciales de la Memoria y la Reflexión. Esta norma obliga al Poder Ejecutivo a realizar una serie de actividades, actos y acciones todos los 24 de marzo y el día hábil anterior en memoria de los muertos y desaparecidos, especialmente quienes vivieron en Neuquén, y en repudio al golpe de Estado y al quiebre institucional.


Es ley la disolución de la DIE Dirección de Información del Estado


La provincia de Neuquén mantuvo durante muchos años una dependencia policial cuyo único objetivo era investigar y hacer seguimientos de dirigentes y militantes políticos, sindicales y sociales, basados en la teoría del “Enemigo Interno”, por ello, KOGAN impulsó, junto a un grupo de diputados, la disolución de ese tipo de organismos presentando el Proyecto de Ley Nº 5482.

Finalmente, y junto a un proyecto similar del actual Poder Ejecutivo se sancionó la ley Nº 2.618 que disuelve la DIE.


Abrir los archivos policiales de Seguimiento a dirigentes políticos y sociales.


La policía de Neuquén, que no escapó al diseño de todas las fuerzas de seguridad del país durante décadas, realizó tareas de inteligencia y seguimiento sobre dirigentes y militantes políticos, sociales y sindicales, que muchas veces sirvieron para su detención, tortura, muerte o desaparición.

KOGAN consideró necesario modificar las hipótesis de trabajo de la fuerza pública, con una nueva y clara política de seguridad ciudadana, y asumiendo las acciones que se realizaron en el pasado. Por ello impulsó la Declaración N° 834, votada por unanimidad, que exhorta al Poder Ejecutivo a abrir los archivos policiales sobre dirigentes y militantes políticos, sociales y sindicales, poniéndolos a su disposición.


Juicio a los crímenes de Lesa Humanidad: ofrecimiento del recinto


Ante el desarrollo de la etapa oral del Juicio Histórico a los responsables de violaciones a los derechos humanos ocurridos en Neuquén durante la última dictadura militar, KOGAN impulsó junto a varios diputados el Proyecto de Declaración N° 6113 ofreciendo el recinto de la Legislatura a la Cámara Federal para que fuera utilizado en esa instancia tan importante.



Medio Ambiente


Es Ley la protección de los ríos y el tratamiento de los efluentes cloacales.


El volcado de efluentes líquidos cloacales sin tratamiento produce la contaminación de los ríos neuquinos y un grave perjuicio al medio ambiente y potencialmente a la salud. En base a su proyecto de ley Nº 5795 y a otro enviado por el Poder Ejecutivo, KOGAN fue co redactor de la Ley N° 2613 de Modificación Código de Aguas (Ley Nº 899).

Esta norma prohibió la construcción o habilitación de cualquier tipo de construcción destinada a todo tipo de uso que no tenga asegurado el tratamiento adecuado de los desechos cloacales a fin de evitar la contaminación y obligar a ejecutar las obras necesarias acompañando el crecimiento edilicio y el desarrollo comercial e industrial. Simultáneamente se puso en manos del gobierno una poderosa herramienta punitiva para hacer cumplir la ley y se dispuso taxativamente la responsabilidad de los funcionarios que incumplan esta norma.


Residuos Solidos Urbanos: Gestión Integral


En el desarrollo de su vida cotidiana, las comunidades individual y colectivamente producen toneladas diarias de desechos. Es necesario asumir que dichos residuos generan un costo.

La carencia de una gestión adecuada de los mismos produce contaminación, perjuicio para la salud pública, daños al medio ambiente, mientras que su adecuado tratamiento implica un costo monetario que paga la comunidad en su conjunto a través de sus impuestos. De tal forma, KOGAN es co firmante e impulsor del Proyecto de Ley N° 6243 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos cuya iniciativa corresponde al diputado Gastón Contradí.

Este proyecto sienta los presupuestos mínimos de gestión integral de los residuos domiciliarios desde su recolección hasta su disposición final imponiendo las normas técnicas más adecuadas y actualizadas para impedir la contaminación. Simultáneamente se adhiere a la ley nacional Nº 25.916, lo que permitirá el acceso a financiamiento para la erradicación de basureros, la remediación ambiental y la construcción de centros de disposición final eficientes.


Derrames de petróleo: prevención


Existe en Neuquén la disposición 218/06 de la Dirección de Medio Ambiente que obliga a las empresas petroleras a colocar debajo de sus equipos durante las tareas de perforación y explotación, protecciones que eviten que el hidrocarburo derramado entre en contacto con el suelo. Conocida la presión de algunas empresas para derogar esta norma, el diputado KOGAN presentó el Proyecto de Declaración N° 6257 que solicita al Poder Ejecutivo el mantenimiento de la normativa de prevención de derrames de petróleo, denunciando públicamente esta situación.



Producción


La puesta en aptitud productiva de tierras requiere de determinada ubicación, calidad e inversiones en obras. Este es un recurso escaso en nuestra provincia, y la producción fruti hortícola y agropecuaria en general un potencial eje de desarrollo para diversificar la matriz productiva.

Por tal motivo es co firmante de los Proyectos de Ley N° 6090 y 6267 de Protección y recupero de tierras para la producción que iniciaron respectivamente los diputados Luis Sagaseta y Soledad Martínez.



Finanzas Provinciales


Presupuesto 2009


Por sexto año consecutivo el diputado ARIEL KOGAN encabezó el trabajo de “RELEVAMIENTO ANUAL ALTERNATIVO DE NECESIDADES DE INVERSIÓN PÚBLICA” que tiene por objeto conocer en forma directa de los actores de las áreas de Salud, Educación, Vivienda y Agua y Saneamiento las prioridades de Obras y Equipamientos que se requieren para intentar que las respectivas previsiones financieras sean incluidas en el presupuesto provincial del año siguiente, oficiando de aliado institucional en el reclamo, y potenciándolo durante el tratamiento de la ley de presupuesto planteando posibles fuentes de financiamiento.

La tarea, que se desarrolló durante el tercer cuatrimestre del año, requirió contactarse con los directivos de todas las escuelas, y hospitales, con Intendentes y Concejales y con dirigentes económico sociales de toda la provincia, recibir y procesar los listados de obras, trabajos y equipamiento requeridos, para darles forma de partida presupuestaria.

Finalmente, se elaboró un documento con las necesidades de inversión detalladas en 312 partidas, clasificadas por objeto del gasto, por finalidad y función, y por localidad que le fue remitido al gobernador para que tales inversiones sean realizadas durante el trienio 2009 – 2011 a partir de incluirlas en el proyecto de ley de presupuesto 2009 que debe enviar a la Legislatura.

El total de las inversiones requeridas alcanzan los $ 1.280.199.002.-, distribuidas en 39 localidades y parajes, y solicitadas por 535 escuelas, 37 hospitales y salas de salud, 278 intendentes y concejales, y 216 dirigentes económico sociales. Se destacan entre ellas $ 647.501.911.- para el área de Vivienda con especial énfasis en Urbanizaciones, $ 136.303.017 para trabajos específicos destinados a mejorar la provisión del servicio de Agua Potable y el tratamiento de los efluentes cloacales, $ 112.174.866.- para planes y obras dirigidos puntualmente a equipamiento, refacción, mantenimiento, ampliación y nuevos edificios escolares, y $200.853.017.- para iguales tareas en el área de Salud.



Municipios


Defensa de los intereses municipales

Coparticipación


Durante el primer trimestre del año 2008 el legislador ARIEL KOGAN coordinó diversas reuniones de los intendentes de las ciudades mas importantes de la provincia que derivaron en la presentación de un documento planteando la necesidad de modificar el sistema de coparticipación provincial, a fin de adecuar los recursos que actualmente se les asigna a los municipios al cúmulo de nuevas funciones que han asumido.


Distribución de Recursos Extraordinarios


Con la intención manifiesta por el gobernador de renegociar los contratos petroleros, elaboró el Proyecto de Ley N° 6085 que tenía como finalidad distribuir entre los municipios de la provincia los ingresos fiscales generados por la renta petrolera.

Este proyecto tuvo el doble objeto de acotar la utilización de esos fondos a obras y equipamientos vinculados al desarrollo económico y social, y que el beneficio de la renta hidrocarburíferas fuera distribuido equitativa y espacialmente a todos los neuquinos, también a través de las administraciones municipales. Para ello se establecía que el 15% de los pagos que realizaran las empresas petroleras debían distribuirse a los municipios en forma automática y en la misma proporción que el vigente sistema de coparticipación.


Autorización para contraer créditos


El municipio de Plottier solicitó a la Legislatura autorización para contraer dos créditos destinados a la compra de un inmueble para realizar un loteo social, y para sanear las deudas dejadas por la administración anterior. Luego de redactar los proyectos e impulsar su tratamiento fueron sancionadas las leyes Nº 2597 y Nº 2598 otorgando las respectivas autorizaciones.


Respaldo a las gestiones municipales


En diversas ocasiones en que problemas de carácter social, sindical, económico o institucional, jaquearon a los gobiernos de Neuquén, Plottier, Centenario, Plaza Huincul, Rincón de los Sauces y Chos Malal, los respectivos intendentes contaron con el personal apoyo del diputado KOGAN, con su defensa pública y política y presencia física cuando así fue necesario.



Contratos Petroleros


Luego de un complicado y arduo proceso público de acuerdo institucional entre el bloque de diputados de la CONCERTACIÓN y el Gobierno Provincial, se logró que la ley Nº 2.615 que autorizó las prorrogas de los Contratos de Concesión estableciera claramente:


· DIRECTA PARTICIPACIÓN DE LOS NEUQUINOS EN LA RENTA PETROLERA: Prioridad de Contratación de Trabajadores, Técnicos, Profesionales y Empresas de la Provincia.


· PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE: Sujeción a toda la legislación Nacional y Provincial y sometimiento a cada autoridad de aplicación. Reconocimiento del Pasivo Ambiental y Plan de Remediación.


· EXTENCIÓN DEL HORIZONTE DE RESERVAS: Mejoras y Clarificación y discriminación de los compromisos de Inversión en Exploración, y Explotación y Desarrollo de Yacimientos.

·
AUMENTO DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DEL ESTADO:

a) MAYORES REGALÍAS REGULARES: Las Regalías se incrementan un 25% pasando del anterior 12% al 15% por aplicación de un nuevo Canon.


b) DERECHO ESPECIAL: Pago por única vez por reingreso a los yacimientos que podrá alcanzar hasta $1.500.000.000.- (Hasta Diciembre -08 ya había acuerdos por $750.000.000.-)


c) CANON EXTRAORDINARIO: Regalía Adicional en el caso que los precios que las Empresas perciban por el Hidrocarburo alcancen valores extraordinarios.


· DERECHOS MUNICIPALES: Coparticipación de las nuevas regalías y del 30% de los FONDOS EXTRAORDINARIOS para realizar obras que podrán alcanzar hasta $500.000.000.-

· DESTINO DE LOS FONDOS: Los FONDOS EXTRAORDINARIOS tendrán el exclusivo fin de financiar obras y equipamientos vinculados con el desarrollo económico y social, excluyendo expresamente la posibilidad de financiar gastos corrientes.


Mas allá de las concepciones ideales sobre la forma de organizar la explotación hidrocarburíferas y sus políticas asociadas, y dadas las condiciones legales, constitucionales, organizativas y económicas vigentes, y la comparación de los términos económicos de estos nuevos contratos con otras renegociaciones de prórroga e incluso con contratos entre privados de ventas de reservas, existió en estas circunstancias conveniencia objetiva de la renegociación para los intereses de Neuquén y los Neuquinos.


Defensa del consumidor


El ciudadano, como consumidor, tiene poca tradición en nuestro país de hacer valer sus derechos, y de igual forma, las instituciones públicas, poca tradición en preservarlos.

Por tal motivo en necesario poner a disposición del consumidor mecanismos ágiles para formular sus reclamos y para que éstos sean considerados.

La ley Nacional Nº 26.361 mejoró sensiblemente la normativa vigente, por tal motivo KOGAN es co firmante del Proyecto de Ley 6253 de Defensa del Consumidor, iniciado por la diputada Fany Longo, que mejora la legislación neuquina en la materia adaptándola a la Nacional.


Justicia


Selección de vocales del Alto Tribunal: Participación Ciudadana.


Ante la ausencia de esta previsión constitucional el diputado justicialista presentó el Proyecto de Ley N° 5943 que establece un procedimiento de Participación ciudadana en el procedimiento de selección de integrantes del TSJ. El proyecto contempla etapas de publicidad, impugnaciones o apoyos, consultas obligatorias, y audiencia pública, previo a la decisión legislativa.


Procedimiento del Juicio Político


KOGAN, junto a su par de la UCR, Marcelo Inaudi, elaboraron el Proyecto de Ley N° 5929 que establece con claridad el mecanismo del juicio político, reglamentando la Constitución Provincial, e impidiendo que, declarada la procedencia del mismo, se le pudiera aceptar la renuncia al denunciado, debiendo realizarse el proceso hasta el final.


Juicio político al vocal Eduardo Badano


Como integrante de la Sala Acusadora, KOGAN participó activamente del Juicio Político a los vocales del TSJ, Dres. Fernández, Sommariva y Badano, que derivó en la renuncia de los dos primeros y la destitución del restante. En la primera etapa trabajó en la investigación, analizando y recolectando pruebas y escuchando los testimonios de los testigos.

Finalmente, fue electo junto a los diputados Inaudi y Mattio para elaborar y sostener la acusación en el juicio propiamente dicho, que terminó con la destitución del Dr. Eduardo Badano.


Consejo de la Magistratura: modificación de la Ley


Si bien la puesta en funcionamiento del Consejo de la Magistratura significó un avance en relación a la forma anterior de selección de los jueces, la aplicación de la ley que le dio origen reveló zonas grises que derivaron en conflictos e impugnaciones al accionar del cuerpo.

Los diputado KOGAN e Inaudi presentaron el Proyecto de Ley N° 6258 que establece un mecanismo de exámenes, análisis de los antecedentes, entrevista y puntaje mas objetivo y transparente; imponiendo además el mecanismo de juicio político como forma de remoción de los integrantes del Consejo.


Renovación del Tribunal Superior de Justicia


Durante 2008 se designaron tres nuevos miembros del Tribunal Superior de Justicia dadas las renuncias de dos y la remoción por destitución de otro de sus integrantes.

KOGAN, junto a varios diputados enviaron una nota pública al gobernador Sapag solicitándole un espacio de debate sobre el diseño del nuevo Tribunal y sobre el perfil que debían tener los nuevos vocales.

Ante la ausencia de esta posibilidad, el diputado analizó cada una de las propuestas enviadas por el gobernador para cubrir las vacantes con una visión personal de cómo encastrarían en el lo que debería ser, a su juicio, esta nueva cabeza del Poder Judicial.

De tal forma, y sin desmedro de los antecedentes personales y profesionales de los candidatos, votó negativamente por los Dres. Labate y Martínez de Corvalán.

Durante la sesión en que se trató la candidatura del Dr. Massei, KOGAN pasó revista a los fallos y votos mas importantes que ese profesional tuvo en su anterior paso por el TSJ, y fundado en que su probada independencia de criterio y su especialidad Civil – Laboral, enriquecerán la nueva cúpula judicial, votó afirmativamente.


Modificación de los Códigos de Procedimiento Civil y Penal


Ante la demorada y necesaria modificación de los Códigos de Procedimiento, KOGAN presentó junto al Diputado Inaudi el proyecto de Ley Nº 6.151, que finalmente creó dos Comisiones Interpopderes, con amplia participación de las organizaciones e instituciones vinculadas profesional y académicamente a la Justicia, que tendrán por objeto analizar y redactar sendos proyectos de modificación, modernización y adecuación a las exigencias constitucionales de los actuales Códigos mencionados.


Seguimiento y control al Poder


Caso Temux


Entre diciembre de 2004 y febrero de 2005, el Estado provincial fue estafado en más de $22.000.000.- con maniobras perpetradas en las cuentas que el grupo empresario TEMUX tenía en el Banco Provincia de Neuquén.

Durante el año 2008 KOGAN aportó al juez de la causa nuevos elementos provenientes de copias de documentación que comprometía la participación de altos funcionarios y directores del banco en la materialización de las operaciones que derivaron en el descomunal desfalco.


Banco provincia de Neuquén


El Banco Provincia de Neuquén continuó durante el año pasado con graves problemas de control interno y de sistema informático, que permiten que ocurran estafas organizadas desde afuera y adentro de la propia institución.

KOGAN denunció e hizo público las siguientes maniobras delictivas perpetradas en el BPN:

DESCUENTO DE CERTIFICADOS DE OBRA FALSOS

La empresa AP Construcciones, ampliamente favorecida por el gobierno de Jorge Sobisch con obras públicas del área de educación y viviendas, y con fácil y cotidiano acceso a lo más alto del Directorio del BPN, logró que el banco le adelantara en cuenta corriente mas de $2.000.000.- por descuento de certificados de obra pública falsos, que jamás pudieron ser cobrados, provocando un nuevo quebranto incobrable.

ESTAFA CON TICKET CANASTA

Durante el primer semestre del año, distintos comerciantes de Neuquén que quisieron cobrar en el Banco Provincia Ticket Canasta y Ticket Confiable (emitidos por el BPN) recibidos de sus clientes, se encontraron con que esta institución le acreditaba cifras sensiblemente inferiores a las presentadas. Desde el inicio del trámite en el BPN hasta su definitivo cobro, alguien sustraía los Tickets y los reutilizaba, provocando demandas de los clientes que indefectiblemente terminará pagando el Banco.

COBRO DE CHEQUES ROBADOS A LOTERÍA

Nuevamente fallaron los más mínimos controles internos del Banco permitiendo que cheques por cientos de miles de pesos robados a Lotería La Neuquina fueran cobrados por ventanilla o depositados previamente en cuentas de Caja de Ahorro sin movimiento o recién abiertas, lo que motivó que también se remitiera la información de estos hechos al Banco Central de la República Argentina.

PLAN DE SEGURIDAD: Damovo-Sobisch-Manganaro

Durante la Gestión del Cr. Luis Manganaro como Ministro de Seguridad de Jorge Sobisch se dictaron una serie de decretos secretos que autorizaron la contratación directa de más de $200.000.000.- para la puesta en marcha del denominado Plan de Seguridad.

KOGAN denunció oportunamente estas millonarias contrataciones, fuertemente sospechadas de coimas que beneficiaron principalmente a la empresa DAMOVO. Finalmente, el Tribunal de Cuentas de la Provincia, ante reiteradas solicitudes, informó el modus operandi y el detalle de estas operaciones, así como el inicio de las investigaciones.


Monopolio Privado en ISSN y Salud Pública


El grupo económico SCHROEDER a través de la sociedad IMÁGENES S.A. detenta el monopolio de los servicios médicos de alta complejidad vinculados con las patologías cardíacas tanto de los afiliados al ISSN como los pacientes del servicio público de Salud.

Este virtual cautiverio de la mayoría de los neuquinos por parte de un grupo económico privado en materia de Salud fue fomentado y financiado por el gobierno de Jorge Sobisch y consentido por la actual gestión. KOGAN hizo pública esta situación y solicitó los informes necesarios para iniciar la investigación correspondiente.


Cámara Oculta: Peligro de prescripción judicial


La prescripción de la causa de la CAMARA OCULTA sería escandaloso.

Durante el mes de septiembre se conoció una seguidilla de excusaciones de jueces que hacían peligrar la continuidad de esta emblemática y resonante causa judicial que tiene involucrado al ex gobernador Jorge Omar Sobisch y a otros altos funcionarios de su administración.

Ante esta posibilidad KOGAN, junto a la diputada de Alternativa Neuquina, Soledad Martínez, en una firme intervención, presentaron el Proyecto de Resolución Nº 6.169 en el que le solicitan al Presidente del TSJ que tomara las medidas necesarias para garantizar la prosecución de la causa, lo que finalmente ocurrió.


Agencia Anti Corrupción


Los organismos independientes de investigación y control, contribuyen a transparentar el accionar de la administración pública y la utilización de los fondos públicos.


Por tal motivo acompañé el Proyecto de Ley N° 6082 de Creación de la Agencia Anticorrupción cuyo diseño permitiría un adecuado complemento para el control ciudadano de la cosa pública, por la doble vía del control y la publicidad de los actos de gobierno, así como la dilucidación de las denuncias sobre funcionarios públicos.